SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1383/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1383/2004-R

Fecha: 20-Ago-2004

III.1.

III.1. Con relación a la convocatoria de la co demandada vocal Ninoschka Liendo de Bayá, de los antecedentes procesales se evidencia que por nota de 1 de diciembre de 2003, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital, remitió los antecedentes ante la Corte Superior para la sustanciación y Resolución de la apelación presentada por la imputada Norma Dayana Sempértegui Sheriff respecto al Auto de rechazo de las excepciones opuestas de su parte, en cuyo mérito por decreto de 3 de noviembre de 2003, el recurrido, vocal Zenobio Calizaya convocó a la nombrada Vocal a formar Sala, significando un error en la fecha de emisión de dicha providencia, no obstante, no es menos cierto que el  4 de diciembre de 2003, la recurrente fue notificada con aquel decreto, sin formular ningún reclamo u observación, no pudiendo pretender a través del presente recurso suplir su omisión, circunstancia que de conformidad a lo dispuesto por el art. 96.3 de Ley del Tribunal Constitucional (LTC), constituye causal de improcedencia, dada la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional.