Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1465/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente sostiene que la autoridad recurrida vulneró sus derechos a la seguridad jurídica y al trabajo, ya que pese a haber cancelado la suma fijada por la comuna para la adquisición de un puesto de venta, la recomendación de parte del Concejo Municipal y sus reiterados reclamos, no puede ocuparlo habiendo sido clausurado por el Alcalde demandado. Corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- constituye una sanción que sólo puede ser adoptada por la autoridad pública competente para el efecto, como consecuencia de situaciones fácticas y previo cumplimiento de un procedimiento administrativo y formalidades procesales correspondientes en cada caso