SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
II.6.
II.6. El 24 de julio de 2004, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra el recurrente, por la posible comisión de los delitos de organización criminal, asesinato, privación de libertad, coacción y secuestro con relación al art. 20 del Código penal (CP); una vez finalizada, el recurrido Juez Tercero de Instrucción en lo Penal de La Paz dictó la Resolución 111/04, en la cual dispuso la detención preventiva del recurrido (fs. 91 a 96) de acuerdo a las normas previstas por el art. 234 num. 4 del CPP, porque concurrían los supuestos previstos en el precepto del art. 235 num. 2 del CPP, y los requisitos previstos en las normas del art. 233.1) y 2) del CPP.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- Las condiciones de validez legal para la restricción al ejercicio del derecho a la libertad física,
- III.5.1. Cumplimiento del art. 233 del CPP
- III.5.2.
- III.5.3.
- Fragmento 18
- APROBAR