SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2005-R

Fecha: 10-Ene-2005

I.3.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de los recurrentes ratificó su demanda y señaló que el Oficial de Diligencias recurrido se equivocó al notificar en el tablero de la Sala Penal Tercera a los 6 procesados a la misma hora y dentro de un mismo proceso penal, cuando debió  notificar en forma personal y en el domicilio señalado, pues dicha omisión ha dado lugar a que no puedan plantear los recursos de ley.