SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2005-R

Fecha: 10-Ene-2005

II.2.

II.2.  El 7 de abril de 2004, el Sindicato de COTAS Ltda., solicitó al Director Departamental de Trabajo se conforme la junta de conciliación, de acuerdo con las normas previstas por el art. 106 de la LGT, y que se notifique a la empresa, memorial que el Asesor Legal de Ministerio de Trabajo proveyó que sea el Inspector Departamental del Trabajo el que lleve adelante la junta de conciliación (fs. 11); por lo que el 14 de abril citó a los personeros de la empresa representada en el presente recurso, para que nombre sus representantes, citando también al Sindicato (fs. 12 y 13), y el 20 de abril de 2004, se llevó a cabo audiencia de conciliación, en la que se mantuvo inalterable la pretensión sindical, así como la respuesta patronal (fs. 18 y 19).