SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró procedente el recurso, disponiendo la nulidad del proceso arbitral, hasta que COTAS Ltda. sea notificada con el memorial de ofrecimiento de pruebas del Sindicato de trabajadores de la empresa, con los siguientes fundamentos: a) se lesionó el debido proceso provocando indefensión al no haberle notificado a la empresa representada en el recurso con el memorial de presentación de prueba del contrario; b) existiendo término establecido por las normas previstas por el art. 112 de la LGT para que el Tribunal dicte resolución, al no haberse respetado éste se cometió una ilegalidad, no siendo relevante la notificación a las partes, pues el término corre para las autoridades no para estas; y c) también fue ilegal la dictación del Laudo Arbitral sin la participación de todos sus miembros, tal como mandan las normas previstas por el art. 156 del Reglamento de la Ley General del Trabajo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- (fs. 482)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- . Cabe advertir que dichas limitaciones no alcanzan a los procesos constitucionales, entre ellos las acciones tutelares, que las partes intervinientes en los procesos arbitrales podrían plantear en aquellos casos en los que se lesione el orden constitucional o los derechos fundamentales o garantías constitucionales
- III.2.
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.2.
- evitándose trámites reservados
- III.3.3.
- APRUEBA