SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2005

Fecha: 25-Oct-2005

a)     El DS 25233, de 27 de noviembre  de 1998 -

a)     El DS 25233, de 27 de noviembre  de 1998 - que si bien fue derogado en algunas de sus partes por DS 27457, de 19 de abril de 2004, este último fue abrogado por DS 27495, de 14 de mayo del mismo año, por lo que  se mantienen las disposiciones del art. 1 del DS 25233 , que  señala que tiene por objeto establecer el modelo básico de organización, atribuciones y funcionamiento de los Servicios Departamentales de Salud. Los Servicios Departamentales de Salud, cuya sigla es SEDES, son órganos desconcentrados de las Prefecturas de Departamento. Tienen estructura propia e independencia de gestión administrativa, competencia de ámbito departamental y dependen linealmente del Prefecto y funcionalmente del Director de Desarrollo Social  de la respectiva Prefectura.

Conforme al art. 5 inc. d) del DS 25233 , que refiere la autonomía de gestión de hospitales de tercer nivel e institutos nacionales, éstos y los complejos hospitalarios u hospitales de referencia prefectural y especializados, cuentan con un directorio responsable de definir los planes institucionales, la gestión técnico -administrativa, el manejo de recursos  humanos, financieros y materiales, en concordancia con las políticas y normas del Sistema Nacional de Salud, bajo contratos de gestión con el SEDES y lo dispuesto por la Ley de Participación Popular y sus reglamentos.