SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2005
Fecha: 25-Oct-2005
RM 0239 de 15 de abril de 2004,
La RM 0239 de 15 de abril de 2004, modificó el art. 6 inc. d) de la Resolución Ministerial 0446 antes citada, disponiendo como competencia del DILOS: “Nombrar por concurso de méritos y examen de competencia al Gerente de Red de acuerdo con los artículos 12 y 23 del Decreto supremo No. 26875 y evaluar su rendimiento. El DILOS a través del Gerente, solicitará, según evaluación técnica ante el gobierno municipal, autoridades del SEDES y Ministerio de Salud y Deportes, la asignación y designación de los recursos humanos necesarios para el funcionamiento de los servicios de salud del sistema público de salud, así como respetará la relación jurídico laboral de los recursos humanos según corresponda, tomando en cuenta que el nombramiento, designación, remoción, distribución y transferencia del personal dependiente del SEDES será de acuerdo a normas técnicas, administrativas y legales, es atribución del Director Técnico del SEDES, conforme a reglamentación emitida por el Ministerio de Salud y Deportes”.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2..
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- a) El DS 25233, de 27 de noviembre de 1998 -
- art. 7
- art. 9
- art. 33
- b)
- c) El art. 1 del DS 26875, de 21 de diciembre de 2002
- art. 8.I
- RM 0446, de 7 de agosto de 2003
- RM 0239 de 15 de abril de 2004,
- III.5. Competencia respecto los recursos humanos de los SEDES y análisis del presente caso
- gestión
- DS 25233,
- Competencia que no ha sido desconocida ni modificada por la Ley del SUMI, ni por el DS 26875 en ninguna de sus partes, motivo por el que se encuentra vigente siendo de carácter obligatorio su cumplimiento,