SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1261/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
II.6.
II.6. Por memorial de 26 de abril de 2004, el recurrente solicitó a la Gerente Distrital del SIN lo siguiente: i) “dejar sin efecto requerimiento de pago, por cesación de la condición de sujeto pasivo de la obligación tributaria” y ii) la prescripción de la ejecución tributaria (fs. 98 a 104). La indicada autoridad mediante Resolución de 27 de mayo de 2004, haciendo referencia al proceso contencioso tributario intentado por el actor, estableció que éste a momento de la emisión de la Resolución Determinativa era el representante legal de la empresa, disponiendo en consecuencia se prosiga con el cobro coactivo de los adeudos tributarios. Respecto a la prescripción no emitió pronunciamiento alguno (fs. 105).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la autoridad tributaria tiene la obligación de declarar la prescripción o negarla en forma fundamentada, como corresponde en un Estado Constitucional,
- III.3.
- de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones por las cuales no se la acepta,
- III.4.
- III.5.
- 1º REVOCAR