SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

Fragmento 17

           En el caso sometido a examen, el recurrente alega la falta de notificación personal o por cédula en su domicilio procesal con el decreto de radicatoria, el decreto de autos y con el Auto de Vista, resultando evidente que el actor, ni bien tomó conocimiento de los supuestos actos ilegales que ahora reclama, debió oponer en forma oportuna ante los vocales recurridos, un incidente de nulidad de notificación a tenor del mencionado art. 143 del CPT pidiendo se subsanen las supuestas irregularidades procesales, pero no lo hizo, acudiendo directamente al amparo constitucional, sin utilizar y menos agotar el medio idóneo que la ley le franquea dentro del proceso para hacer valer sus derechos, en total desconocimiento del carácter subsidiario del amparo.