Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.5.
II.5. Los vocales recurridos dictaron el decreto de radicatoria de 22 de octubre de 2004, que fue notificado a las partes en el tablero judicial de la Secretaría de la Sala (fs. 30 vta.). Posteriormente, pronunciaron el Auto de Vista de 9 de noviembre de 2004, confirmando en todas sus partes la Sentencia apelada (fs. 32 a 33); fallo que fue notificado a las partes también en el tablero judicial de la Secretaría de Sala en presencia de un testigo (fs. 33 vta.). Por último, mediante Auto de 24 de enero de 2005 se declaró ejecutoriado el Auto de Vista, disponiendo se devuelva el proceso al Juzgado de origen (fs. 34).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 17
- III.3.
- APROBAR