Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo relatado plantea recurso de amparo constitucional contra Rosario Sánchez Sánchez, Jueza Octava de Partido en lo Civil, solicitando sea declarado procedente, disponiendo la exclusión de su derecho propietario del proceso coactivo civil y se anule dicho proceso con responsabilidad civil.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- i)
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5. .
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para solicitar tutela en materia de amparo, la parte recurrente al margen de cumplir estrictamente los requisitos previstos en el art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), cuando se trata de actos ilegales que recaigan sobre bienes que estén vinculados al derecho de propiedad o de posesión, debe demostrar la inexistencia de discusión o controversia sobre los mismos para legitimar su denuncia en esta jurisdicción
- APRUEBA