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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1408/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1408/2005-R

    Fecha: 08-Nov-2005

    II.2.

    II.2.     El 29 de mayo de 1998, el perito dirimidor presentó avalúo del inmueble en la suma de $us80.548.- por el inmueble con una construcción de 3 niveles, “una planta baja concluida y habitada, mezzanine y primer piso en obra gruesa” (fs. 682-683), el cual fue aprobado mediante Auto de 10 de junio de 1998 (fs. 688 vta.-689), que siendo notificado a la recurrente el 15 de julio del mismo año, no lo impugnó (fs. 690).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • i)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • (fs. 730)
    • II.7.
    • III.1.
    • III.2.
    • todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
    • que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual deber ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera
    • III.3.

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