SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2005-R

Fecha: 11-Nov-2005

II.3.

II.3.  A petición del denunciante, el Tribunal Departamental de Honor dictó el Auto de 26 de agosto de 2003, por el que declaró rebelde al recurrente debido a que no obstante su notificación no contestó la denuncia, estableciendo además la relación procesal y sujetando la causa al término probatorio común y perentorio para las partes de quince días hábiles e improrrogables (fs. 44 a 45); Auto con el que fueron ambas partes notificadas el 11 de septiembre de 2003 (fs. 45 vta. del proceso).