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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2005-R

    Fecha: 11-Nov-2005

    II.4.

    II.4.  Dentro del plazo probatorio, el denunciante presentó prueba documental -juramento como perito y el peritaje realizado por el recurrente fs. 1 a 38 y 46 a 47, y testifical (fs. 48 del proceso) que fue admitida por el Tribunal Departamental de Honor (fs. 49 del proceso), señalando audiencia para la recepción de las testificales (fs. 62 del proceso).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • a)
    • b)
    • c)
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III.1.
    • todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
    • que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
    • III.2.   Actuaciones del Tribunal Nacional de Ética y Deontología Médica
    • APROBAR

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