SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2005-R

Fecha: 11-Nov-2005

1)

El Fiscal recurrido, manifestó que: 1) el recurrente pudo haber presentado una apelación restringida para solicitar la nulidad de obrados;  2) los argumentos expuestos deben ser analizados en un amparo constitucional y no  a través de un hábeas corpus que sólo protege el derecho a la libertad y no otros derechos ni garantías; 3) su persona no ha llevado a cabo la investigación, que fue realizada hace dos años por otro Fiscal, pero por la unidad del Ministerio Público se hizo presente a la audiencia para informar que en todo el proceso de investigación los actos fueron legales y que no violaron ningún derecho ni garantía, ya que las notificaciones personales demuestran que el recurrente se negó reiteradamente a hacer uso de sus derechos y garantías; 4) toda la jurisprudencia presentada por el recurrente se refiere a casos totalmente diferentes, puesto que fue notificado en forma personal y por edictos en dos oportunidades y nunca se apersonó a asumir la defensa que ahora reclama después de más de dos años.