Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
II.4.
II.4. El 29 de septiembre de 2005, se celebró la audiencia de medidas cautelares, en la que el recurrente formuló incidente de indefensión, que fue rechazado por los jueces correcurridos, con el argumento de que no se procedía a su consideración por no corresponder al estado procedimental del proceso, dictando posteriormente el Auto 73/05, mediante el que dispusieron la cesación de la rebeldía y la prosecución del juicio, así como la detención preventiva del recurrente, por encontrarse los presupuestos previstos por los arts. 233 incs.1) y 2) y 234 incs. 1) y 4) del CPP. (fs. 14-15).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en forma concurrente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 21