Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó los términos de su demanda, añadiendo que el Juez cautelar co-recurrido, si bien ordenó su notificación mediante edictos, nunca se lo notificó con la querella completa, sino sólo con la ampliación de la misma, tampoco se le notificó mediante edictos con la imputación, dejándolo en estado de indefensión.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en forma concurrente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 21