SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
II.6.
II.6. La certificación de 4 de abril de 2005 emitida por el Secretario Abogado del Tribunal Primero de Sentencia (fs. 14) acreditó que en los casos de apelación se remite el cuaderno de actuaciones procesales no el cuaderno de pruebas por cuanto en la Corte Superior del Distrito Judicial no hay segunda instancia, en consecuencia, no se puede valorar pruebas ya analizadas y valoradas por el Tribunal inferior por el principio procesal de inmediación, aclarando que a solicitud verbal del vocal Armando Pinilla Butrón se envió lo solicitado pero no se quiso recibir en auxiliatura de la Sala Penal Segunda, remarcando que todas las pruebas de los diferentes procesos penales se hallan en la sala de evidencias y pruebas del Tribunal Primero de Sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Auto de Vista 60/2005, de 8 de marzo revocando la Resolución 09/2005, de 9 de febrero,
- REVOCAR EN PARTE