SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
procedente
La Sentencia de 27 de abril de 2005 (fs. 97 a 98), declaró procedente el recurso respecto al Secretario Abogado del Tribunal Primero de Sentencia, Roberto Mérida Viscarra, imponiéndole la multa de Bs200.- e improcedente contra los jueces del Tribunal Primero de Sentencia y contra los vocales de la Sala Penal Segunda, por consiguiente, dejó sin efecto legal la Resolución 60/05, de 8 de marzo de 2005 y Auto complementario de 23 del mismo mes y año dictados por la Sala Penal Segunda, debiendo elevarse en el plazo de veinticuatro horas los antecedentes y las pruebas extrañadas ante la misma Sala Penal para nuevo pronunciamiento. Por Auto complementario de la misma fecha se impuso costas procesales en la suma de Bs500.- a ser cancelados por el Secretario Abogado. El fallo tiene los siguientes fundamentos:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Auto de Vista 60/2005, de 8 de marzo revocando la Resolución 09/2005, de 9 de febrero,
- REVOCAR EN PARTE