SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1495/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
falta de forma en la citación
En ese cometido, se tiene que de los antecedentes que informan el cuaderno procesal, en el incidente de nulidad opuesto por la apoderada de Mario Cossio Cortéz acusó falta de forma en la citación dentro del proceso coactivo social con relación a la citación con la demanda y el Auto de admisión, pero no acusó que la notificación no haya cumplido con su finalidad, es decir que el representado del recurrente no haya tenido conocimiento de la tramitación del proceso coactivo; más al contrario, en dicho incidente la apoderada solicitó que se deje sin efecto la orden de mandamiento de embargo dispuesto, teniendo por lo tanto conocimiento de los actos de ejecución que venían realizándose, lo que implica haberse cumplido de esta manera con la finalidad de la notificación, es decir, hacer conocer a la parte recurrente los actos procesales para que a partir de ese momento pueda asumir defensa de sus derechos e intereses que se consideren lesionados, dado que de acuerdo al principio de trascendencia de la nulidad, no es posible nulidad alguna por la nulidad misma, no se puede declarar la nulidad de un acto procesal si, no obstante su irregularidad, ha logrado la finalidad a la que estaba destinado, circunstancia que determina la improcedencia de la presente acción tutelar.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- b)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.10.
- “en la referida acción en contra de mi conferente y practicada la citación con la misma mediante cédula de fs. 23 en fecha 20 de junio del 2000 hrs. 10:30 sin que el funcionario comisionado haya consignado el domicilio en donde fue fijada la cédula hecho que implica infracción al art. 122 inc. 1) del CPC sanciona con la nulidad de la diligencia citatoria y la anulación de todo lo actuado por no ajustarse al precepto referido por cuya razón legal, solicito a Ud. decretar la nulidad de la citación por falta de forma y la nulidad de obrados que emerge de ella …” (sic.)
- II.11.
- a)
- d)
- II.13.
- el incidente de nulidad de citación con la demanda que opuso de su parte
- en coherencia con este entendimiento, toda notificación por defectuosa que sea en su forma, que cumpla con su finalidad (hacer conocer la comunicación en cuestión), es válida”
- III.2.
- sin que hubiera invocado en el incidente que la diligencia de notificación por no haber llegado a su conocimiento le provocó indefensión sino que simplemente acusa la falta o inobservancia de requisitos formales en la misma
- III.3.
- falta de forma en la citación
- III.4.