SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1495/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1495/2005-R

Fecha: 22-Nov-2005

sin que hubiera invocado en el incidente que la diligencia de notificación por no haber llegado a su conocimiento le provocó indefensión sino que simplemente acusa la falta o inobservancia de requisitos formales en la misma

            “ (…) en la referida acción en contra de mi conferente y practicada la citación con la misma mediante cédula de fs. 23 en fecha 20 de junio del 2000 hrs. 10:30 sin que el funcionario comisionado haya consignado el domicilio en donde fue fijada la cédula hecho que implica infracción al art. 122 inc. 1) del CPC sanciona con la nulidad de la diligencia citatoria y la anulación de todo lo actuado por no ajustarse al precepto referido por cuya razón legal, solicito a Ud. decretar la nulidad de la citación por falta de forma y la nulidad de obrados que emerge de ella …”, sin que hubiera invocado en el incidente que la diligencia de notificación por no haber llegado a su conocimiento le provocó indefensión sino que simplemente acusa la falta o inobservancia de requisitos formales en la misma; incidente que por Auto de 2 de septiembre de 2004 fue rechazado. Apelada esta decisión, por Auto de Vista de 6 de octubre de 2004 la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior, constituida por los vocales recurridos, confirmó la Resolución apelada al concluir que la citación acusada de nula surtió los efectos de comunicación, y que las cuestiones relativas a la precisión o imprecisión del lugar donde fue efectuada cedían ante el resultado comunicativo de conocimiento del coactivado, a cuyo efecto el demandado se apersonó al proceso.