Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1533/2005-R
Fecha: 29-Nov-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 14 de mayo de 2005, cursante de fs. 21 a 25, pronunciada por la Jueza de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Norka Mercado Guzmán en representación sin mandato de Florentino Coca Mamani, contra Juan Chávez Rojas, Juez de Instrucción de Tapacarí, alegando detención indebida.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- la cesación de la detención preventiva, debe tener un trámite acelerado y oportuno, pues de no hacerlo podría provocarse una restricción indebida de este derecho, cuando,
- la realización de dicha diligencia no podía servir de justificativo para no otorgarles la libertad luego de que cumplieron con la acreditación del arraigo y el otorgamiento de la fianza económica
- III.3.
- APROBAR