AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2005-RCA

Fecha: 15-Dic-2005

a través de la vía del hábeas corpus ya denunció las mismas lesiones que ahora denuncia a través del amparo

III.2.En el caso planteado, luego del análisis de las causales de improcedencia, este Tribunal ha detectado la concurrencia de una de las previstas, en el art. 96.2 de la LTC, como es la identidad de sujeto, objeto y causa, pues el recurrente mediante su hermano, a través de la vía del hábeas corpus ya denunció las mismas lesiones que ahora denuncia a través del amparo, la cuales demostró en el recurso de hábeas corpus, razón por la que este Tribunal, mediante la SC 269/2005-R, de 29 de marzo, le otorgó la tutela, de manera que los derechos que acusó de lesionados le fueron restituidos; y por ello ya no corresponde realizar un nuevo análisis, máxime si la problemática por estar directamente vinculada con el derecho a la libertad física correspondía ser dilucidada en el recurso de hábeas corpus” (las negrillas son nuestras).