SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2005-R
Fecha: 01-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a los derechos de sus mandantes a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo, a la petición y a la “irretroactividad de la ley”, consagrados en los arts. 6.I, 7 incs. a), d) y h) y art. 33 de la CPE denunciando que fueron vulnerados por la autoridad recurrida, puesto que dictó el instructivo 081/05 sobre el inicio del proceso de institucionalización, posteriormente emitió la Resolución 59/05 que resulta ilegal y contradictoria por cuanto convierte a sus mandantes en fiscales a contrato y luego dictó la Resolución 063/2005, llamando a concurso interno para los cargos de fiscales de materia y emitiendo la convocatoria 001/2005, de 24 de mayo, determinaciones asumidas sin considerar que sus poderconferentes ingresaron a la carrera fiscal a través de un proceso de concurso de méritos y examen de competencia regulado por la Ley 1469, y que la Ley Orgánica del Ministerio Público no desconoce ni afecta el derecho legalmente adquirido por sus representados y aún de existir una norma en ese sentido, la misma no podría aplicarse por cuanto las leyes no tienen efecto retroactivo. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de los representados del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente debe utilizar cuanto recurso le franquee la ley, sea ante la autoridad o persona que lesionó su derecho o ante la instancia superior a la misma en caso que se trate de autoridad y, en el caso de particulares
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA