SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1649/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1649/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

REVOCAR

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve, REVOCAR la Resolución 69/2005 de fs. 236 a 239, pronunciada el 19 de mayo de 2005, por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia CONCEDER el amparo solicitado, disponiendo la  anulación de obrados hasta fs. 176 inclusive, es decir, hasta el Auto Interlocutorio de 27 de septiembre de 2004, disponiendo que el Juez que tramitó la causa, en observancia de los fundamentos esgrimidos en el presente fallo, previo a disponer la exclusión de Antonio Landívar Gantier, disponga que éste acredite en quién recae la nueva representación legal, debiendo la misma, aceptar o rechazar dicha personería y con su resultado, prosiga con los actos de ejecución dentro del proceso social seguido por Guillermo Farwing Guillen -causante de los representados del actor- contra la Empresa BOL-ART S.R.L..