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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2005-R

    Fecha: 19-Dic-2005

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de fs. 134 a 137 vta. pronunciada el 4 de agosto de 2005, por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • procedente
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • este Tribunal puede intervenir en la revisión de dicho análisis
    • y sólo cuando se demuestre que fueron indebidamente apreciadas (se les asignó un valor que objetivamente no corresponde o se anotó en ellas algún dato que no consignan) se abre la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • APROBAR

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