Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de fs. 134 a 137 vta. pronunciada el 4 de agosto de 2005, por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Juan Montaño López contra Juan Marcos Terrazas Rojas y Raul Pablo Brañez Galindo, vocales de la Sala Penal Tercera y Civil Primera, respectivamente, de la señalada Corte, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, seguridad jurídica, presunción de inocencia y debido proceso, consagrados por los arts. 6.II, 7 inc. a), 16.I y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- este Tribunal puede intervenir en la revisión de dicho análisis
- y sólo cuando se demuestre que fueron indebidamente apreciadas (se les asignó un valor que objetivamente no corresponde o se anotó en ellas algún dato que no consignan) se abre la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR