SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2005-R

Fecha: 01-Feb-2005

III.5.

III.5. Finalmente, se debe dejar sentado que el recurso de hábeas corpus no es un recurso de carácter subsidiario, precisamente por el bien jurídico y valor constitucional protegido que es la libertad física de la persona, de modo que no debe exigirse el agotamiento de otros medios, recursos o vías que podría tener a su alcance la persona que sienta vulnerado el derecho referido, conforme lo señala uniformemente la jurisprudencia constitucional, citando al efecto las SSCC 484/2003-R, 470/2004-R, 542/2004-R, 1425/2004-R, 1934/2004-R,  1940/2004-R, entre otras, con lo que queda desvirtuado lo expresado por el Juez recurrido, resumido en el apartado I.2.2 inc. h) de la presente Sentencia.