SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2005-R
Fecha: 09-Mar-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo contra Jairo Zanabria Gonzáles, Comandante General de la Policía Nacional, Elmer Pardo Céspedes, José García Poppe, Alfredo Guizada Herbas y Eduardo Vidaurre Clavel, Director, Sub Director y Jefe de Estudios, Jefe Dipes y Jefe Daca de la ANAPOL, impetrando sea declarado procedente, por ende, se disponga su inmediata reincorporación al tercer curso de la ANAPOL de la gestión 2004 y sin pérdida de antigüedad; se ordene el cumplimiento de la Resolución 53/2000 de 4 de diciembre emitida por el Consejo Consultivo respecto al redondeo de la nota obtenida de cincuenta con cincuenta y cinco a cincuenta y un puntos en la materia de Legislación y uso de armas de fuego; que de acuerdo al art. 74 del Reglamento del Sistema Educativo Policial abrogado, aplicable al caso de autos, se le convoque a rendir exámenes de segundo turno en las asignaturas de Inteligencia Básica Policial y Criminología; se disponga que la igualación académica pedagógicamente se efectúe en forma gradual y en término prudente; se ordene el respeto de sus derechos y el cese de cualquier hostigamiento en su contra, sea con costas , daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es el órgano máximo de dirección, administración y decisión
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- III.4.
- III.5.