Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2005-R
Fecha: 09-Mar-2005
II.2.
II.2. Por Resolución 134/2004, de 23 de abril, el Comandante General de la Policía Nacional resolvió que mientras se rediseñe las currículas académicas, los planes de estudio y se implementen los Reglamentos de Régimen Interno y Académico, los Institutos de Formación de pre-grado ANAPOL y ESBAPOL en todo el país, aplicarán el Sistema de Evaluación y Retiros establecidos en el Sistema Educativo Policial aprobado mediante RS 216603 de 25 de enero de 1996 (fs. 20).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es el órgano máximo de dirección, administración y decisión
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- III.4.
- III.5.