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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2005-R

    Fecha: 09-Mar-2005

    III.1.

    III.1.   Conforme el art. 8 de la LOPN, la Policía Nacional es una institución técnico científica, organizada según los principios de administración, integración de funciones, jerarquía y atribuciones propias para sus actividades, teniendo al Comando General como organismo de Dirección y Control, y entre sus organismos de asesoramiento y apoyo a la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza (art. 9 de la LOPN).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.6.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • II.17.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • es el órgano máximo de dirección, administración y decisión
    • III.2.
    • Fragmento 20
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.

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