Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2005-R
Fecha: 09-Mar-2005
II.11.
II.11. Por informe de asesoría jurídica de 26 de julio de 2004, se sugirió al Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, que mientras no se dicte otra resolución que abrogue o derogue la Resolución 53/2000, del Consejo Consultivo de la ANAPOL, se de curso a lo solicitado por el actor para que sea convocado a rendir previamente el examen de desquite en las materias en que obtuvo nota de aplazo (fs. 21-25).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es el órgano máximo de dirección, administración y decisión
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- III.4.
- III.5.