Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2005-R
Fecha: 09-Mar-2005
III.5.
III.5. Por último, de antecedentes se establece que los recurridos: Jairo Zanabria Gonzáles, Comandante General de la Policía Nacional, José García Poppe, Alfredo Guizada Herbas y Eduardo Vidaurre Clavel, Sub Director y Jefe de Estudios, Jefe “DIPES” y Jefe “DACA” de ANAPOL, no intervinieron en los hechos que motivan el presente recurso, careciendo en consecuencia de legitimación pasiva para ser demandados conforme a los alcances de la jurisprudencia glosada precedentemente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es el órgano máximo de dirección, administración y decisión
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- III.4.
- III.5.