SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2005

Fecha: 15-Abr-2005

entidades de intermediación financieras no bancarias

“Las entidades de intermediación financieras no bancarias y las de servicios auxiliares financieros, definidas en esta Ley, que tengan como objeto de captación de recursos del público y que para su constitución y obtención de personería jurídica estén normadas por sus leyes o disposiciones legales especiales, aplicarán dichas normas sólo en lo concerniente a su constitución y estructura orgánica. La autorización de funcionamiento, fiscalización, control e inspección de sus actividades, administración y operaciones son de competencia privativa de la Superintendencia, conforme a lo establecido en la presente Ley”.