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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2005
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2005

    Fecha: 15-Abr-2005

    I.6. Alegaciones de la autoridad recurrida

    El recurrido, Fernando Calvo Unzueta, Superintendente de Bancos y Entidades Financieras, mediante memorial presentado el 11 de febrero de 2005, de fs. 704 a 712 vta., respondió al recurso en los mismos términos que contestó el primer recurso, pidiendo en definitiva sea declarado infundado en mérito a que actuó con plena competencia, sea con costas y multas al recurrente.

    • recursos directos de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2. Admisión y citaciones
    • I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
    • I.4.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.4.2. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.5. Admisión y citaciones
    • I.6. Alegaciones de la autoridad recurrida
    • II.1.
    • oficio de 17 de mayo de 2004
    • nota de 8 de junio de 2004
    • carta circular SB/400/2004 de 8 de junio de 2004
    • nota de 3 de agosto de 2004
    • testimonio 201 de 1 de septiembre de 2004
    • II.2.
    • Fragmento 16
    • nota de 17 de febrero de 2004
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • entidades de intermediación financieras no bancarias
    • III.4.
    • plazo para las Asociaciones Mutuales de Ahorro y Préstamo
    • III.5.
    • Resolución SB 112/2004 de 12 de noviembre
    • III.6.
    • adecuación directa
    • 1º
    • 2º

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