SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0282/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0282/2005-R

Fecha: 04-Abr-2005

II.3.

II.3. Fallo que apelado por el querellante, fue resuelto por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz -ahora recurrida-, mediante Auto de Vista 172/2004, de 9 de agosto, que declaró procedente el recurso de apelación incidental interpuesto por el querellante; consiguientemente, revocó la Resolución 418/2003, de 7 de noviembre y declaró improbada la excepción de extinción de la acción opuesta por el ahora recurrente, disponiendo la prosecución de la acción penal en su contra, con las formalidades de Ley, con los siguientes fundamentos: 1. La palabra “partícipe” contenida en el art. 103 del CP “se refiere la calidad procesal sustantiva de la persona, y que imputado refiere a la calidad procesal de la persona y es justamente porque se ha podido establecer que la coimputada Ivette Yolanda López Palacios no tuvo ninguna participación dolosa, además que se retractó públicamente, retractación aceptada de conformidad a lo dispuesto por el art. 378 del Adjetivo Penal con el Art. 277-II del mismo cuerpo legal, y que este hecho es un acto personalísimo de la Sra. Ivette Yolanda López Palacios, ya que la propia retractación en delitos contra el honor es un acto In Tuito Personae; en cambio Miguel Ángel Quezada Dips no presentó retractación pública en momento alguno; tal es así que por decreto que cursa a fs. 30 vta. de obrados, el Juez de la causa dispuso que prosiga la tramitación de la causa contra el co-imputado Miguel Angel Quezada, decisión contra la cual el co-imputado no hizo uso del recurso que le franquea la ley”; 2. La parte querellante en ningún momento demostró la voluntad de abandonar el ejercicio de la acción penal contra Miguel Ángel Quezada Dips; 3. El Juez inferior no observó el art. 24 del CP referente a la responsabilidad penal de cada participante en el delito, no pudiendo dar valor absoluto a una norma general, coartando el derecho de la víctima para perseguir la acción (1 a 2).