Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0282/2005-R
Fecha: 04-Abr-2005
mala interpretación
Agrega, que en la revocatoria de la Resolución que declaró probada la excepción de extinción de la acción penal, las autoridades recurridas realizaron una mala interpretación de lo establecido en el art. 103 del CP, en desconocimiento de la diferencia entre los términos retractación y desistimiento, los que han sido ampliamente definidos por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en las SSCC 0001/2003-O, 1324/2003-R -entre otras-, que tienen carácter vinculante.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- mala interpretación
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El canon de constitucionalidad en la interpretación
- interpretación gramatical
- aquella aplicación e interpretación que más favorable resulte a la efectiva concreción de esos valores
- Fragmento 14
- con la igualdad, al entender que una norma es justa cuando su contenido y aplicación a supuestos de hecho similares es igualitaria
- La segunda, esto es los delitos de acción privada, es "[..] ejercida exclusivamente por la víctima”, poniendo especial énfasis en que “en este procedimiento especial no será parte la Fiscalía"
- delitos contra el honor
- III.3. La extinción de la acción penal por desistimiento
- desistimiento de la acción;
- única
- la renuncia o desistimiento a favor de uno de los partícipes del delito beneficia a los otros, sin distinción alguna o sin considerar su grado de participación o responsabilidad.
- III.4. El caso analizado: