Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2005-R
Fecha: 05-Abr-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Por lo expuesto, plantea recurso de hábeas corpus contra Mario Guillermo Centella Leigue, Juez del Trabajo y Seguridad Social de Riberalta, solicitando sea declarado procedente, se ordene el cese de la persecución y se anule el proceso laboral por usurpación de funciones, con costas, daños y perjuicios.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- lo que prueba no ser evidente que se encuentra indebida e ilegalmente perseguida y menos aún que se haya librado el mismo con habilitación de días y horas inhábiles o facultades de allanamiento,
- Fragmento 15
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA