SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2005-R

Fecha: 14-Abr-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó su demanda y la amplió aclarando que durante el operativo que duró veinte minutos, sus representados fueron aprehendidos y conducidos directamente a las celdas de la FELCN. Además que en la audiencia de cesación de medida cautelar solicitada por su representado Eleuterio Freddy Miranda Guerrero el Secretario informó que las partes habían sido legalmente notificadas y que no se encontraba el Fiscal quien fue esperado durante treinta minutos, en cuyo mérito el recurrido Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal tomó la decisión de suspender la audiencia invocando el principio de igualdad, no siendo evidente la falta de notificación al representante del Ministerio Público.