SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2005-R

Fecha: 14-Abr-2005

II.2.

II.2.       EL 11 de enero de 2005, con la presencia de los recurrentes y demás imputados asistidos por los defensores José Pinto y William Espinoza, el recurrido Juez  de Instrucción Tercero en lo Penal de la Capital,  dispuso la detención preventiva de los recurrentes bajo el argumento de la flagrancia del hecho, la falta de acreditación de domicilio conocido, familia o trabajo legalmente asentado en el país y por la posibilidad de que  estando en libertad podrían influir negativamente sobre los otros partícipes del hecho que se dieron a la fuga (fs. 10-21).