SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2005-R

Fecha: 14-Abr-2005

II.3.

II.3.       Por decreto de 3 de febrero de 2005 (fs. 69), el recurrido Juez de Instrucción Séptimo en lo Penal de la Capital, a solicitud de Eleuterio Freddy Miranda Guerrero, señaló audiencia para el 22 de de febrero de 2005 a fin de de considerar la cesación de la detención preventiva siendo notificado el Fiscal Alvaro La Torre el 16 de febrero de 2005 (fs. 70). Audiencia que fue suspendida por el Juez codemandado bajo el fundamento de que si bien las partes fueron legalmente notificadas sin no estar presente el representante del Ministerio Público, el Código de procedimiento penal establece la igualdad de las partes, por lo que siendo la primera audiencia fijó una nueva para el 15 de marzo de 2005 conminando al Fiscal encargado de la investigación su comparecencia con la advertencia de desarrollarse la actuación en su rebeldía.