Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0374/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
II.6.
II.6. El 30 de mayo de 2003, luego de recibir el requerimiento fiscal emitido por la Fiscal corecurrida porque se proceda a la inscripción definitiva solicitada por el anterior Director de la FELCN, los jueces recurridos resolvieron se ordene el registro definitivo de la Sentencia, Auto de Vista y Auto Supremo dictados en el proceso penal sobre el registro del inmueble, lo cual, se cumplió el 17 de noviembre de 2003, según la tarjeta de registro del inmueble expedida el 3 de diciembre del mismo año (fs. 63, 142).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- (fs. 73-75)
- (fs. 76)
- (fs. 120-122)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sobre la actuación del Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico
- III.2. Sobre la actuación de la Fiscal corecurrida
- III.3.
- -
- III.4. Sobre la actuación del Registrador de Derechos Reales
- 1º