SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0374/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
III.2. Sobre la actuación de la Fiscal corecurrida
El razonamiento expuesto en el Fundamento Jurídico III.1 que sustenta la negativa de tutela respecto a la actuación del Director de la FELCN, también es de aplicación a la actuación de la Fiscal corecurrida, pues debido al rol que le ha sido otorgado, puede hacer y presentar solicitudes que considere son de interés del Estado dentro de un proceso, sin que por ello, pueda imputársele actuación indebida o ilegal lesiva de los derechos o garantías fundamentales de otros sujetos procesales, así ya se razonó en la SC 430/2001-R, de 11 de mayo que ante una petición del Representante del Ministerio Público considera como violatoria este Tribunal dijo: “(…) el Fiscal en materia de la Ley N° 1008, tiene como una de sus funciones intervenir en los procesos velando por los intereses del Estado, a cuyo fin puede requerir de acuerdo a tales intereses, sin que dicha actuación pueda ser tachada de ilegal, dado que será el órgano jurisdiccional quien resolverá conforme a Ley, considerando o no la opinión del representante del Ministerio Público”.
No obstante haberse establecido la improcedencia del recurso contra la citada autoridad Fiscal, corresponde aclarar que no se niega lo dispuesto por las normas previstas por los arts. 1451 y 1452 del CC; empero estas disposiciones deben ser interpretadas dentro del contexto sustantivo y procesal donde deben ser aplicadas, pues no puede aducirse que las sentencias de estado con calidad de cosa juzgada tienen eficacia frente a terceros por sí, sino que éstas tendrán dicha eficacia cuando se hubieren cumplido los pasos procesales para que esos terceros deban en el momento de su ejecución sufrir o cumplir sus efectos, de no ser así se estaría aplicando una sentencia de esa naturaleza de forma arbitraria y lesiva a derechos y garantías fundamentales de quienes no fueron parte en el proceso en el que hubiese sido pronunciada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- (fs. 73-75)
- (fs. 76)
- (fs. 120-122)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sobre la actuación del Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico
- III.2. Sobre la actuación de la Fiscal corecurrida
- III.3.
- -
- III.4. Sobre la actuación del Registrador de Derechos Reales
- 1º