SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0480/2005-R
Fecha: 06-May-2005
procedente
La Resolución de 26 de octubre de 2004, cursante de fs. 1173 a 1176 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara procedente el recurso, y dispone la nulidad del Auto de Vista 125, de 7 de abril de 2004, debiendo emitir otro las autoridades recurridas, sin responsabilidad, bajo estos fundamentos: 1) no consta en el expediente que se haya efectuado el sorteo de las apelaciones deducidas por los recurrentes, lo que vulnera el derecho al debido proceso; 2) el Auto de Vista 125/04, carece de congruencia y pertinencia, porque en la fundamentación no refiere todas las resoluciones que fueron objeto de apelación, lo que motiva su anulación por este amparo, debiendo considerar los vocales, a tiempo de emitir otro, que existen anormalidades en la tramitación del proceso como la decisión del Juez de mantener firme un auto que él mismo anuló antes, y admitir la demanda que no fue firmada por algunos de los ex trabajadores nombrados en ella, todo lo que violenta la seguridad jurídica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- Fragmento 15
- el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- 1)
- III.2.
- III.3.