Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0519/2005-R
Fecha: 13-May-2005
II.2.
II.2. A través de la carta de “renuncia irrevocable al cargo de Alcalde” recibida en el Concejo Municipal el 20 de octubre de 2004, sin que figure nombre ni firma de funcionario receptor alguno (fs. 28), presuntamente suscrita por el actor en su condición de Alcalde de Caranavi, se expresa que éste por motivos de fuerza mayor se encuentra imposibilitado de continuar en dicho cargo, por lo que presenta su renuncia irrevocable al cargo de Alcalde Municipal de Caranavi, solicitándole así como a los concejales por su intermedio, su respectiva aceptación.