Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0533/2005-R
Fecha: 17-May-2005
II.6.
II.6. El Auto de Vista de 28 de agosto de 2004 (fs. 231 y 232), confirmó los Autos apelados de 12 de mayo de 2004, y en efecto diferido los Autos de 15 de abril, con el fundamento que la escritura pública base del proceso tiene fuerza coactiva, al cumplir con todos los requisitos al efecto. Con tal Resolución se notificó al actor en tablero de la Corte (fs. 234 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.3.
- decreto de 15 de abril
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- : a)
- III.1.
- 'se entiende que la valoración de las pruebas aportadas en un proceso coactivo civil
- 1067/2004-R,
- de no existir recursos contra los que pueda impugnarse el Auto de Vista, no puede concluirse que se esté afectando el derecho a la defensa,
- art. 236 del CPC
- sobre cuyo aspecto los vocales recurridos no se pronunciaron
- no contiene fundamentación alguna que exprese las razones jurídicas en las que se asienta para confirmar el decreto de 15 de abril de 2004,
- APRUEBA