Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2005-R
Fecha: 30-May-2005
APROBAR la improcedencia
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, resuelve APROBAR la improcedencia de la Resolución 707/2004 cursante de fs. 242 a 243, pronunciada el 8 de noviembre de 2004 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.