Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2005-R
Fecha: 30-May-2005
III.4.
III.4. Respecto al Presidente Ejecutivo del SNC, José María Bakovic Turigas, no se constata que esta autoridad jerárquica hubiera participado en las actuaciones objetadas por el actor, por lo que carece de legitimación pasiva para ser demandado en el presente recurso, ya que el mismo debe ser interpuesto contra la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y garantías constitucionales, conforme ha señalado la uniforme jurisprudencia de este Tribunal -así la SC 610/2004-R, de 22 de abril, entre otras-. Por consiguiente, el amparo constitucional también resulta improcedente respecto a esa autoridad.