Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2005-R
Fecha: 14-Jun-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª de la CPE, 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos resuelve APROBAR la Resolución cursante de fs. 81 a 84, pronunciada el 17 de noviembre de 2004 por el Juez de Partido Mixto Liquidador de Uncía, departamento de Potosí, y DENEGAR el amparo solicitado, llamando la atención al Juez de amparo por haber permitido la suscripción del acta de audiencia por el Fiscal, las partes y sus abogados.